• El Juzgado de lo Penal nº 6 de Tenerife vuelve a condenar a María Eugenia Campoo por un delito de Intrusismo Profesional, en esta ocasión a una pena de 12 meses de multa con una cuota diaria de 3 euros (1.080 euros) y las costas procesales.
  • El juez considera probado que la acusada llevó a cabo “actos profesionales propios de la profesión de odontólogo o médico estomatólogo” pese a carecer de la titulación académica y oficial exigida, llegando a atender a una paciente de 81 años a la que tomó impresiones directamente en su boca y colocó posteriormente la prótesis.
  • Campoo fue presidenta del Colegio de Protésicos Dentales de Tenerife durante 12 años (2002-2014) y del Consejo General de Protésicos Dentales de España durante 7 años (2005-2012) y ya fue condenada en firme en noviembre de 2016 por un delito similar.

 

Madrid, 7 de marzo del 2018. El Juzgado de lo Penal número 6 de Tenerife ha condenado a la protésico dental María Eugenia Campoo, ex presidenta del Consejo General de Protésicos Dentales de España y del Colegio de Protésicos Dentales de Tenerife, por un delito de intrusismo profesional tras considerar probado que llevó a cabo “actos profesionales propios de la profesión de odontólogo o médico estomatólogo” pese a carecer de la titulación académica y oficial exigida.

María Eugenia Campoo ha sido condenada a la pena de doce meses de multa a razón de 3 euros diarios -1.080 euros-, pero se da la circunstancia de que, en noviembre de 2016, fue condenada en firme por el mismo delito, por el que tuvo que hacer frente a una multa de 1.800 euros.

En el caso de esta nueva condena, en la que además la acusada y su defensa han mostrado su conformidad con la imputación de los hechos y la pena solicitada por el Ministerio Fiscal, ha quedado demostrado que María Eugenia Campoo atendió a una paciente de 81 años de edad tomando medidas directamente en su boca y colocando posteriormente la prótesis que había fabricado, actos para los que no está capacitada por no disponer de la titulación requerida: ser odontólogo o médico estomatólogo. Esta sentencia es firme y no cabe recurso alguno.

  

VALORACIÓN DEL CONSEJO GENERAL DE DENTISTAS DE ESPAÑA

El Consejo General de Dentistas de España califica como muy graves todas las acciones o prácticas que puedan ser constitutivas de un delito de Intrusismo Profesional, puesto que quien comete este tipo de delitos en el sector odontológico está poniendo en serio riesgo la salud de los pacientes.

En este caso concreto, el Consejo General de Dentistas de España considera especialmente grave y condenable el hecho de que la acusada vuelva a ser condenada por el mismo delito, y que además haya ocupado cargos de máxima responsabilidad en la organización colegial del sector de los protésicos dentales, puesto que la condenada debe conocer a la perfección cuáles son sus atribuciones y competencias como protésico dental.

Precisamente el acatamiento por parte de la acusada de la pena propuesta por el Ministerio Fiscal, y el hecho de que sea reincidente, vuelve a poner de manifiesto -una vez más- que las penas por este tipo de delitos son demasiado livianas y que en ningún caso disuaden al presunto delincuente de infringir la Ley.

Por todo ello, el Consejo General de Dentistas de España insiste en reclamar el endurecimiento de las penas por Intrusismo Profesional ante las autoridades competentes.

7-3-2018 Vuelven a condenar por intrusismo a la ex presidenta del Consejo General de Protésicos Dentales