- 09/01/2019
- Subido por: Javier Jorcano Álvarez
- Categoría: Hemeroteca
- El acusado, protésico dental y propietario de una clínica odontológica, realizó actuaciones propias de los dentistas sin tener la titulación académica oficial requerida para ello.
- Los pacientes testificaron que les tomó impresiones de la boca, una función que corresponde exclusivamente a los dentistas.
Madrid, 9 de enero de 2019. La Audiencia Provincial de Pontevedra ha ratificado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº2 de la misma provincia que condena a un protésico dental por un delito de intrusismo profesional. El acusado, propietario de una clínica dental en Bueu, ejerció “actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico”, en este caso, el de dentista.
Según dicta la sentencia, el acusado tomó impresiones de la boca a varios pacientes,
un acto ajeno a las funciones del protésico.
Los hechos relatados son constitutivos de un delito penal de intrusismo profesional, puesto que el acusado carece de la titulación académica oficial requerida para realizar las acciones antes citadas.
El acusado deberá pagar una multa de 15 euros diarios durante 9 meses (4.050 euros) y al pago de las cosas procesales. Frente a la presente sentencia sólo cabría casación, siempre que cumpla con los requisitos exigidos.
El Dr. Óscar Castro Reino, presidente Consejo General de Dentistas, recomienda a los ciudadanos que se aseguren de que el dentista que les va a tratar está colegiado y por tanto, capacitado para ejercer legalmente la Odontología para evitar estas situaciones de riesgo. Y si tienen la más mínima duda al respecto, que consulten en el Colegio de Dentistas de su provincia.