- 16/09/2019
- Subido por: Consejo General de Dentistas
- Categoría: Hemeroteca
- El texto ha sido elaborado con el consenso de los Consejos Generales de Dentistas, Médicos, Farmacéuticos y Veterinarios con el fin de conseguir que la publicidad en el ámbito sanitario sea clara, veraz y esté basada en el conocimiento científico, protegiendo así la salud de los ciudadanos.
Madrid, 16 de septiembre de 2019. El Partido Popular ha presentado en la mesa del Congreso de los Diputados una Proposición de Ley relativa a la publicidad de prestaciones y actividades sanitarias. El texto de dicha PL fue elaborado con la colaboración de los Consejos Generales de Dentistas, Médicos, Farmacéuticos y Veterinarios, quienes llevan mucho tiempo insistiendo en la urgente necesidad de regular, a nivel estatal, la publicidad en el ámbito sanitario. “La falta de una ley de publicidad sanitaria ha permitido que determinadas empresas sin escrúpulos puedan mercantilizar con la salud de los ciudadanos, algo extremadamente grave”, afirma el Dr. Óscar Castro Reino, presidente del Consejo de Dentistas.
Así lo refleja esta PL cuando señala que la publicidad sanitaria “precisa de una especial atención por parte del legislador y de un papel garante de la Administración Pública a fin de controlar la propaganda comercial y los mensajes publicitarios en este ámbito, no sólo por estar en juego los intereses económicos de los consumidores sino también y, principalmente, su derecho a la salud”.
Entre los motivos que se argumentan para presentar esta PL, el Partido Popular hace mención a ciertos escándalos sanitarios, como el cierre de iDental, cuya expansión fue posible gracias a unas agresivas campañas de publicidad que ofrecían supuestas subvenciones para los sectores más vulnerables y prometían la democratización del sector dental. Esto ha puesto de manifiesto la necesidad de garantizar que todas las comunicaciones comerciales relacionadas con los servicios, prestaciones y/o actividades sanitarias, sean exactas y verídicas en cuanto a su contenido y forma para garantizar la seguridad del paciente. Es decir, que la publicidad sanitaria sea exclusivamente informativa y que no incite al consumo.
En qué consiste
Esta PL consta de 18 artículos, cuya finalidad es establecer una norma a nivel estatal que regule los aspectos básicos de la publicidad sanitaria, la cual siempre se deberá sustentar en una base científica.
Así, la publicidad sanitaria destinada al público tendrá que mostrar con claridad y de forma objetiva la actividad sanitaria a la que se refiera, utilizando mensajes sencillos y comprensibles en su integridad, evitando usar términos que puedan confundir al ciudadano. Además, incluirá las advertencias y precauciones que sean necesarias para informar al paciente de los posibles efectos adversos o riesgos derivados de la actividad sanitaria anunciada.
Siguiendo esta línea, entre las prohibiciones de la publicidad sanitaria destinada al público destacan: sugerir que el resultado está asegurado; utilizar a personas famosas que, debido a su notoriedad, puedan incitar al consumo; dirigirse principalmente a los niños; atribuir a la actividad sanitaria un carácter superfluo, ofreciendo un diagnóstico o tratamiento sin la intervención de un facultativo.
Por otro lado, la publicidad sanitaria dirigida a profesionales sanitarios deberá proporcionar la información técnico-científica necesaria para que sus destinatarios puedan juzgar por sí mismos los servicios que se prestan.
En cuanto a los soportes de información y promoción que podrán utilizar, ya sean escritos o audiovisuales, tendrán que limitarse a los que tengan un carácter básicamente científico. Para la inserción de cualquier mensaje publicitario en publicaciones o en medios audiovisuales científicos o profesionales, será preciso que dichos medios estén dirigidos y se distribuyan exclusivamente a profesionales sanitarios.
La Administración
Antes de ser difundida, la publicidad sanitaria dirigida al público tendrá que ser autorizada por la autoridad sanitaria competente. Para ello, la Administración solicitará a las Organizaciones Colegiales Profesionales que considere, un informe sobre el cumplimiento de los requisitos señalados en esta Proposición de Ley.
En el caso de la publicidad sanitaria dirigida a los profesionales, los responsables de la misma deberán comunicarla a las autoridades sanitarias y órganos administrativos competentes antes de darle difusión.
El Dr. Óscar Castro Reino agradece al Partido Popular que haya presentado esta PL en la mesa del Congreso “y confiamos en que los demás partidos políticos la apoyen, pues está en juego la salud de los españoles. Desde el Consejo General de Dentistas mostramos nuestra total disposición para colaborar con todos los grupos parlamentarios con el objeto de proteger a los ciudadanos”.
16-9-2019 EL PP presenta la PL de Publicidad Sanitaria en el Congreso