- 29/01/2020
- Subido por: Consejo General de Dentistas
- Categoría: Hemeroteca
Madrid, 29 de enero de 2020. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Acuerdo AA 14/2019, de la Asamblea General del Ilustre Consejo General de Odontólogos y Estomatólogos de España, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Organización Colegial de Dentistas. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2020-2056
Dicho Reglamento entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, por lo que ya despliega plenos efectos jurídicos, quedando derogado el anterior. https://www.consejodentistas.es/el-consejo/normativa/reglamentos-del-consejo.html
Desde 1999, el Reglamento ahora modificado ha sido un instrumento normativo útil y eficaz para dotar a la Organización Colegial de un procedimiento administrativo único en materia sancionadora, dentro del respeto a los derechos y garantías de los ciudadanos. Sin embargo, el paso del tiempo y las experiencias de su aplicación han hecho que fuera necesario implementar mejoras para aumentar la eficacia y agilidad administrativa en la tramitación de los procedimientos deontológicos. Tras esta modificación, ahora el procedimiento administrativo es más claro y sencillo.
Este Reglamento será directamente aplicable bajo el régimen de transparencia en las actuaciones que realicen los Colegios de Dentistas, los Consejos de Colegios de las Comunidades Autónomas y el Consejo General de Dentistas de España para la exigencia de las responsabilidades disciplinarias en las que puedan incurrir los colegiados. Asimismo, se aplicará a las sociedades profesionales en caso de infracción de sus deberes profesionales, colegiales y/o deontológicos, sin perjuicio de la responsabilidad en que también pudieran incurrir sus miembros.