- 12/04/2023
- Subido por: Consejo General de Dentistas
- Categoría: Hemeroteca
- Esta petición surge como respuesta a las acciones de Enfermería y Fisioterapia para ser consideradas grupo A1, categoría en la que actualmente se encuentran los dentistas y los médicos.
- El Dr. Castro destaca que la formación de Odontología es más exigente, pues consta de 300 créditos ECTS frente a los 240 de Enfermería o Fisioterapia.
Madrid, 12 de abril de 2023. El presidente del Consejo General de Dentistas, el Dr. Óscar Castro Reino, ha solicitado al Ministerio de Sanidad la creación de un nuevo grupo de categoría profesional, denominado “A Plus”, donde estarían incluidos los dentistas. Una petición que también ha realizado el Consejo General de Médicos para su colectivo profesional.
Esto se debe a la reorganización de las titulaciones y el reconocimiento de Grado de aquellas que fueron Diplomaturas, como Enfermería o Fisioterapia, y que han iniciado acciones para pasar de grupo A2 a A1, que es donde actualmente se encuadran médicos y dentistas.
El Dr. Castro considera “pertinente y necesario” que los licenciados/graduados en Odontología pasaran del grupo A1 al “A Plus”, en el caso de que crease, por las siguientes razones:
-Formación más amplia: el Grado de Odontología consta de 300 créditos ECTS, frente a los 240 créditos de Enfermería, Fisioterapia y otras antiguas diplomaturas sanitarias.
-La titulación universitaria de Licenciado en Odontología se corresponde con el nivel 3 del MECES (nivel de máster).
-Las competencias, atribuciones, funciones y responsabilidades tanto de los médicos como de los odontólogos son muy diferentes a las de los profesionales sanitarios citados anteriormente, además de la exigencia en su desarrollo profesional continuo.
-Por otro lado, la profesión de dentista engloba las titulaciones de médico especialista en Estomatología y Odontología, de acuerdo con lo contemplado en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias (artículo 6.2.c).
-Ambas titulaciones tienen idénticas funciones estipuladas en la Ley 10/1986, de 17 de marzo, sobre odontólogos y otros profesionales relacionados con la salud bucodental y el Real Decreto 1594/1994, de 15 de julio, por el que se desarrolla lo previsto en la Ley 10/1986, que regula la profesión de Odontólogo, Protésico e Higienista dental.
“Si nuestra solicitud se lleva a efecto sería de gran importancia para la Odontología, pues supondría un reconocimiento con importantes implicaciones laborales en el ámbito público del desarrollo profesional de los dentistas”, zanja el Dr. Castro.