- 13/01/2023
- Subido por: Consejo General de Dentistas
- Categoría: Hemeroteca
- Un juzgado estima parcialmente la demanda del Consejo General de Dentistas contra la aseguradora ASISA, considerando “desleal” ofertar y celebrar contratos de seguro de asistencia dental con pacientes que ya presentan una patología oral previa.
- La sentencia, que es recurrible, da la razón a la Organización Colegial de Dentistas, que siempre ha defendido que realizar o publicitar contratos de seguros dentales cuando ya existen patologías previas es desleal y constituye publicidad ilícita.
- Óscar Castro, presidente del Consejo General: “No es admisible que determinadas compañías oferten seguros dentales sabiendo que ya existe una enfermedad bucodental y que sea objeto de cobertura. Eso no es un seguro, es ilegal y también publicidad engañosa”.
Madrid, 13 de enero de 2023. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca ha estimado parcialmente la demanda del Consejo General de Dentistas contra la aseguradora ASISA y su filial ASISA DENTAL, declarando desleal ofertar y celebrar contratos de seguro de asistencia dental con pacientes que ya presentan una patología previa. También ha considerado como publicidad ilícita aquella que transmita la posibilidad de celebrar el contrato de seguro para cubrir patologías bucodentales previas.
De este modo, la Justicia da la razón al Consejo General de Dentistas en cuanto a la existencia de deslealtad y publicidad ilícita si se realizan o publicitan contratos de seguros dentales cuando ya existen patologías bucodentales previas que son objeto de cobertura, cuestión en la que la citada aseguradora basaba su acción comercial.
Este tipo de prácticas, además de constituir actos de engaño, conllevan la infracción de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, dado que no existe riesgo en la contratación de la póliza.
La sentencia, que es recurrible, hace un extenso análisis de los extremos que han sido objeto de la demanda interpuesta por el Consejo General, y considera un acto de competencia desleal y/o publicidad ilícita la oferta de contratos de seguro con el siniestro ya producido.
El presidente del Consejo General de Dentistas, el Dr. Óscar Castro Reino, ha valorado positivamente la sentencia judicial al considerar que “no es admisible que determinadas compañías oferten seguros dentales sabiendo que ya existe una patología bucodental previa y que ésta sea objeto de cobertura. Esto, por definición, no es un seguro. Es un acto ilegal, es competencia desleal y además es publicidad engañosa”, ha declarado.
En este sentido, el máximo responsable de la Organización Colegial ha hecho un llamamiento a los pacientes para que “desconfíen” de este tipo de prácticas que, “a priori” pueden parecer beneficiosas, pero que tras su análisis muestran una actuación engañosa por parte de la aseguradora.