• Los enjuagues bucodentales solo deben usarse si los prescribe un dentista.
  • Los colutorios no deben usarse en solitario, sino como complemento a los dos cepillados diarios -como mínimo- con pasta dentífrica fluorada.



Madrid, 10 de enero de 2020
. Ante los numerosos anuncios de colutorios que publican y emiten los medios de comunicación, el Consejo General de Dentistas de España, presidido por el Dr. Óscar Castro Reino, recuerda, una vez más, que el uso de estos productos debe reservarse para aquellos casos clínicos en los que el dentista lo estime necesario.

Es indudable que ciertos colutorios tienen efectos beneficiosos para la salud bucodental, como la reducción del riesgo de caries o la eliminación de placa bacteriana. Sin embargo, estos efectos positivos no deben eludir la imprescindible prescripción del dentista por las posibles consecuencias negativas que algunos de estos productos pueden suponer, por ejemplo, tinciones amarillentas en los dientes, alteraciones del gusto y, sobre todo, lo más importante, la posibilidad de enmascarar determinadas lesiones que pueden ser graves.

Asimismo, se insiste en que los colutorios siempre han de usarse como complemento o parte de un plan de prevención o terapéutico, nunca como sustituto del cepillado dental, que debe realizarse dos veces al día, como mínimo, con pasta dentífrica fluorada, acompañado del uso de seda dental o cepillos interdentales.

Por último, el Dr. Castro insiste en que para evitar que los ciudadanos utilicen cualquier producto sanitario sin indicación de un facultativo, es necesario que se apruebe una ley de publicidad sanitaria para que todos los mensajes publicitarios que lleguen a la población estén basados en la evidencia científica. Además, deberán incluir las advertencias y precauciones que sean necesarias para informar al paciente de los posibles efectos adversos o riesgos derivados de la actividad o producto sanitario anunciado.

10-1-2020 Los colutorios no sustituyen al cepillado dental