• El acusado actuó en la boca de los pacientes colocando directamente las prótesis y tomando medidas sin tener la titulación académica oficial requerida para ello, lo que supone una injerencia en las funciones propias de la profesión de dentista.
  • Una vez más, la Justicia da la razón a los dentistas, puesto que son los únicos que tienen capacidad profesional para realizar el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades bucales.

Madrid, 24 de julio de 2019. El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por un protésico dental condenado por el Juzgado de lo Penal de Jaén (con confirmación de la Audiencia Provincial) por un delito de intrusismo profesional. El acusado es miembro de la Junta de Gobierno del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Andalucía.

Según la resolución del TS, la denuncia debe ser inadmitida porque se formula al margen del cauce casacional permitido, al oponerse al factum de la sentencia en el que se afirma que el acusado recibía pacientes a los que tomaba medidas e impresiones para la fabricación de prótesis dentales y su posterior colocación “a pesar de tener solamente el título de protésico dental y no de odontólogo, estomatólogo o cirujano maxilofacial, que sí le habilitaría para realizar dichas actuaciones e intervenciones en los pacientes”.

Asimismo, se advierte que la denuncia carece de interés casacional pues el TS ha declarado en distintos supuestos semejantes, que los dentistas “son los únicos que tienen capacidad profesional para realizar el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades bucales”, siendo la función de los protésicos dentales elaborar y fabricar prótesis conforme a las indicaciones de los dentistas, “debiendo, además, someter su trabajo a la aprobación final de dichos profesionales”.

Al acusado se le condena a una pena de 18 meses de multa a razón de una cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y las costas de la acusación particular. La resolución es firme y no cabe interponer recurso ordinario alguno.

El Dr. Óscar Castro Reino, presidente del Consejo General de Dentistas se muestra satisfecho con esta decisión judicial, “aunque en la Organización Colegial estamos muy preocupados por el elevado número de delitos de intrusismo profesional que se cometen en la comunidad andaluza, donde incluso alguno de los miembros de la Junta de Gobierno del Colegio de Protésicos Dentales de Andalucía, como es el caso, ha sido condenado por este delito”.

El Dr. Castro felicita a los servicios jurídicos del Colegio de Dentistas de Jaén por las actuaciones llevadas a cabo y espera que las penas por intrusismo profesional se endurezcan para que sean realmente disuasorias.

24-7-2019 Tribunal Supremo no admite el recurso de casación interpuesto por un protésico dental condenado por intrusismo