Colegiación en España
Para poder trabajar como Dentista en España, como autónomo o por cuenta ajena, es obligatorio colegiarse en el Colegio Oficial de Dentistas del territorio donde desee ejercer la profesión de manera única o principal.
La profesión se encuentra organizada por Colegios territoriales, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales: bastará la incorporación a uno solo de ellos, que será el del domicilio profesional único o principal, para ejercer en todo el territorio español.
En el siguiente mapa de España, puede consultar los datos de contacto del Colegio de su interés, seleccionando en el mapa su provincia. El Colegio le indicará los trámites que debe seguir para su colegiación y le proporcionará toda la información relativa a la normativa específica de cada Comunidad Autónoma.
Además, dependiendo del país donde hubiera sido obtenido su título oficial, deberá llevar a cabo distintos trámites antes de proceder a colegiarse:
- Si su titulación ha sido obtenida en España
Los titulados universitarios, odontólogos o estomatólogos, cuyos títulos hayan sido expedidos en España y quieran ejercer como Dentistas, deberán contactar directamente con el Colegio Oficial donde se vayan a colegiar para aportar la documentación que les será requerida.
- Si su titulación ha sido obtenida en países de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o Suiza
El primer trámite que deberá llevar a cabo para poder ejercer en España será solicitar el Reconocimiento profesional de su titulación.
Reconocimiento de títulos universitarios
Normativa reguladora:
Los titulados universitarios cuyos títulos hayan sido expedidos en los Estados Miembros de la Unión Europea o signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Suiza que deseen ejercer en España, deberán solicitar y obtener en España el reconocimiento profesional del título expedido en su país.
Los títulos sanitarios obtenidos en esos países gozan de reconocimiento directo bajo la Directiva 2005/36/CE. El reconocimiento de las cualificaciones profesionales por la autoridad competente española permitirá a la persona beneficiaria acceder en España a la misma profesión que aquella para la que está cualificada en el Estado miembro de origen y ejercerla con los mismos derechos que los nacionales españoles.
Las solicitudes de reconocimiento para el ejercicio profesional en España son tramitadas y resueltas por el Ministerio de Sanidad español. Para informarse de la documentación que se precisa para obtener el reconocimiento y demás requisitos para presentar la solicitud, puede consultar la siguiente página web de dicho Ministerio:
Una vez obtenido el reconocimiento de la titulación, antes de poder ejercer como Dentista, se requiere que se inscriba en el Colegio Oficial de Dentistas de la región española donde desee trabajar. Para ello deberá contactar directamente con el Colegio Oficial a fin de aportar la documentación que le será requerida.
- Si su titulación ha sido obtenida fuera del ámbito de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o Suiza
El primer trámite que deberá llevar a cabo para poder ejercer en España será solicitar y obtener la homologación de su titulación.
Homologación de títulos universitarios
Normativa reguladora:
Los titulados universitarios cuyos títulos hayan sido expedidos en países extracomunitarios (países fuera de la UE/EEE/Suiza) que deseen ejercer en España, deberán solicitar y obtener en España la homologación del título expedido en su país.
La homologación conlleva el reconocimiento oficial de la formación superada para la obtención de un título extranjero, equiparable a la exigida para la obtención de un título español que habilite para el ejercicio de una profesión regulada, otorgando al título extranjero, desde la fecha en que sea concedida y se expida la correspondiente credencial, los mismos efectos del título español al que se homologa en todo el territorio nacional.
Las solicitudes de homologación para el ejercicio profesional en España son tramitadas y resueltas por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades español. Para informarse de la documentación que se precisa para obtener la homologación y demás requisitos para presentar la solicitud, puede consultar la siguiente página web de dicho Ministerio:
https://universidades.sede.gob.es/procedimientos/portada/ida/3513/idp/1029
Una vez obtenida la homologación de la titulación, antes de poder ejercer como Dentista, se requiere que se inscriba en el Colegio Oficial de Dentistas de la región española donde desee trabajar. Para ello deberá contactar directamente con el Colegio Oficial a fin de aportar la documentación que le será requerida.
Preguntas frecuentes
¿Qué trámite tengo que llevar a cabo para poder trabajar en España si ya he obtenido la homologación de mi título en un país miembro de la UE, EEE o Suiza?
En este caso, para poder ejercer en España como Dentista deberá solicitar y obtener el reconocimiento de su título a través de la autoridad competente en nuestro país para esta cuestión, el Ministerio de Sanidad.
Para informarse de la documentación que se precisa para obtener el reconocimiento y demás requisitos para presentar la solicitud, incluido el nivel de idioma, puede consultar la página web de dicho Ministerio:
Una vez que su título haya sido reconocido es imprescindible inscribirse en el Colegio Oficial de Dentistas de la región en la que vaya a trabajar, para estar debidamente autorizado a ejercer como Dentista.
¿Existen las especialidades odontológicas en España? ¿Es posible reconocer/homologar los títulos de especialista obtenidos en otros países?
En España no existen especialidades odontológicas oficialmente reconocidas, por lo que no es posible reconocer/homologar títulos de especialista obtenidos en otros países.
Los Dentistas, siempre y cuando dispongan de los requisitos legales exigidos (titulación y colegiación), actualmente en España pueden ejercer la profesión en todas sus disciplinas odontológicas, pero no podrán utilizar ni publicitarse con el término de “especialista”.
Desde este Consejo General se lleva trabajando desde hace muchos años en este tema, solicitando a la Administración la creación de las especialidades odontológicas.
Enlaces de interés
Centro NARIC ESPAÑA (https://www.ciencia.gob.es/Universidades/NARIC.html)
El Centro NARIC España es el punto de información oficial del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades para orientar sobre la homologación, equivalencia y reconocimiento de títulos y cualificaciones educativas en España y en otros países, en el ámbito de la educación superior.
Portal EUGO (https://eugo.es/)
El Portal EUGO es el punto de contacto (ventanilla única) para que los prestadores de servicios de la UE puedan realizar online todos los procedimientos y trámites relativos al ejercicio de una actividad económica en España (autorizaciones, inscripciones en registros, licencias y todos aquellos requisitos administrativos o profesionales necesarios).
También los consumidores y destinatarios de los productos y servicios generados por las diferentes actividades económicas pueden encontrar en el portal organizaciones de ayuda y asistencia, así como los medios de reclamación ante un problema.
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