Relaciones Institucionales

Organizaciones Empresariales

Los acuerdos vigentes con las diferentes Organizaciones Empresariales, favorecen un mejor funcionamiento de nuestra profesión.

 

Convenio con CEACCU

La Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios, es una Asociación de Consumidores y Usuarios comparten fines y funciones, por lo que han suscrito el siguiente convenido.

1. Crear una comisión paritaria constituida por dos representantes de cada una de las partes firmantes, a las que pueden agregarse los asesores jurídicos y, previo acuerdo, un número no limitado de miembros de sus órganos de gobierno en el ámbito estatal y en ámbitos locales, cuando hubiera cuestiones concretas que cualquiera de las dos partes interesara estudiar expresamente.

2. Dicha comisión se reunirá con carácter ordinario, al menos, una vez cada seis meses, pudiendo hacerlo cuando cualquiera de las partes los interese expresamente.

3. Se preparará un orden del día con los temas que cada parte comunique a la otra con al menos quince días de antelación a la fecha de la reunión, cuyo plazo máximo será prefijado al término de la reunión anterior.

4. Las reuniones podrán celebrarse conjuntamente con otras Asociaciones de consumidores y usuarios que tuvieran convenio con el Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de España, si la Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios estuviera conforme con ello.

5. Del mismo modo, también podrían realizarse las reuniones conjuntamente con otras organizaciones colegiales sanitarias con las que la Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios tuvieran convenio, si el Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de España estuviera de acuerdo.

6. El Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de España asumirá con cargo a sus presupuestos los costes de las reuniones (excluidos desplazamientos) y el espacio físico para su celebración, sin perjuicio de que pueda realizarse fuera de su sede.

7. Difundir las conclusiones de sus reuniones a sus miembros, a través de sus órganos de expresión, y al público general, mediante convocatoria de ruedas de prensa con los medios informativos, cuando hubiera noticias y contenidos de general interés para la población.

8. Poner a su recíproca disposición los recursos técnicos y humanos disponibles para el desarrollo de los estudios e investigaciones contemplados en la exposición, debiendo acordarse junto con la decisión de emprendimiento de los mismos, el presupuesto y manera de financiar sus costes, que en principio deberán ser prioritariamente atendidos por la parte que los interese.

9. Reconocer el derecho de cada parte de establecer terceros convenios con otras organizadores de consumidores y usuarios, organizaciones colegiales de otras profesiones relacionadas en el ámbito estatal, y con empresas, organizaciones y asociaciones de seguros dentales, empresas de intermediación y control de publicidad, si bien deben comunicarlo a la otra parte en un plazo máximo de quince días desde la firma del acuerdo.

10. Las dos partes podrán realizar reuniones conjuntas con estas partes terceras partes, si estuvieran de común acuerdo con su celebración.

11. Limitar el vigor del presente acuerdo a dos años, que se considerará renovado por idéntico periodo, sin límite de renovaciones, si alguna de las partes no lo denuncia expresamente con un preaviso de dos meses.

www.ceaccu.org

Convenio Fundadeps

La Fundación de Educación es una Entidad sin ánimo de lucro que desarrolla dentro de sus actividades, Programas, Cursos y actuaciones para promover la Educación para la Salud en todos los ámbitos de la sociedad.

1. Un proyecto de información y desarrollo de habilidades en higiene oral, con niños/as de colegios de enseñanza primaria y 1er ciclo en secundaria de la Comunidad de Madrid.

2. Un proyecto de información y divulgación de los peligros para la salud oral derivados de prótesis dentales cuando la fabricación de éstas desconoce la imprescindible y exclusiva competencia y responsabilidad de los dentistas en:

I. el diagnóstico,

II. la concepción del proyecto terapéutico,

III. las ejecuciones clínicas de dicho proyecto (preparaciones dentarias, obtención de impresiones bucodentales, de referencias cráneomaxilares, y de registros intermaxilares u oclusales, determinación de la dimensión vertical terapéutica, las pruebas de soporte, estabilidad, reteención y ajuste de las fases o etapas de la fabricación por el laboratorio), 

IV. la colocación de las prótesis,

V. las correcciones clínicas necesarias a la prótesis fabricada para ponerla en servicio (es decir, prevenir su posible patogenicidad), y

VI. el alta y plan de mantenimiento.

www.fundadeps.org

Convenio Pfizer

Pfizer es una empresa farmaceútica estadounidense, primera en producir penicilina a escala mundial en 1942. Conoce el convenio vigente entre la Fundación Dental Española y PFIZER.

PFIZER y la Fundación Dental Española se comprometen a colaborar en la realización de las siguientes actividades relacionadas con la Campaña de Educación de Higiene Oral cuyo programa se adjunta como Anexo a este contrato.

www.pfizer.es

Convenio grupo Banesto - Santander

Acuerdos con grupo Banesto - Santander

 

El Consejo mantiene convenio con el grupo Banesto - Santander en diferentes productos y servicios.

Grupo Banesto Santander