e-Receta Privada
El 19 de Diciembre de 2019, los Consejos Generales de Colegios Oficiales de Médicos, Dentistas, Podólogos y Farmacéuticos firmaron un Convenio de colaboración por el que se fijan las bases, puesta en marcha, funcionamiento y gobernanza del Sistema de Receta Privada Electrónica.
En dicho convenio, se fijan unos estándares mínimos de interoperabilidad, para que un medicamento prescrito electrónicamente en el ámbito de la Sanidad privada pueda ser objeto de dispensación en cualquier oficina de farmacia del territorio nacional, en los términos establecidos en el artículo 14.4 del Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, con plena garantía de seguridad en el acceso y transmisión de la información y protección de la confidencialidad de los datos personales, así como del cumplimiento de los requisitos obligatorios para las recetas médicas establecidos en la normativa sanitaria vigente.
Se ha desarrollado un esquema de certificación en el que se establecen los requisitos para la certificación de Sistemas de Prescripción y Repositorios de Prescripciones por parte del Consejo General de Colegios de Médicos.
Pueden descargar la documentación relacionada a continuación:
Listado de empresas certificadas:
Digital Prescription Services S.A. (Sistema de prescripción / Repositorio)
Docline - Aplicaciones Salud S.L. (Sistema de prescripción / Repositorio)
HM Hospitales 1989 S.A. (Sistema de prescripción / Repositorio)
Medigest Consultores S.L. (Sistema de prescripción / Repositorio)
OpenHealthcare S.L. (Sistema de prescripción / Repositorio)
Redsys Salud S.L.U. (Sistema de prescripción / Repositorio)
Sanitas S.A. de Seguros (Sistema de prescripción / Repositorio)
SPS - Quirón Salud (Sistema de prescripción / Repositorio/ Repositorio)
Edoctores Soluciones SL (Sistema de prescripción / Repositorio)
Osigu - Paycode Esp, S.L. (Sistema de prescripción / Repositorio)
La receta electrónica privada empieza a rodar en España con éxito
Madrid, 13 de mayo de 2020.- La receta electrónica privada en España comienza a ser una realidad. Tras la puesta en marcha del sistema de “eReceta Privada Contingencia COVID-19”, acordado por los Consejos Generales de Dentistas, Farmacéuticos, Médicos y Podólogos, son ya tres las entidades privadas que han superado la fase de integración técnica y homologación del sistema para garantizar la accesibilidad, la interoperabilidad y un correcto funcionamiento del mismo. En concreto, las entidades son el grupo Quirónsalud, HM Hospitales y Drimay.
La receta electrónica privada irá ampliándose y extendiéndose por el conjunto del sistema sanitario a medida que los modelos de prescripción utilizados por las diferentes entidades, aseguradoras, consultas privadas y, en definitiva, sus facultativos, acrediten las condiciones necesarias y las especificaciones técnicas para el correcto funcionamiento del Sistema. A día de hoy, han solicitado también o están ya en proceso de homologación las siguientes entidades: Clínica Asturias, Docline, Logical Cloud, Medigest, OpenHealthCare, Osigu, Redsys Salud, Sanitas, Tich Consulting.
Para el secretario general del CGCOM, José María Rodríguez Vicente, el desarrollo de la receta electrónica privada ha sido un trabajo llevado a cabo por los Consejos prescriptores (médicos, odontólogos y podólogos) y el dispensador (farmacéuticos), en el que han colaborado también las aseguradoras y hospitales privados para dar cumplimiento a lo dispuesto legalmente y, con este sistema, situarnos en la vanguardia tecnológica. Ha hecho hincapié en que este servicio “posibilita la identidad del médico y permite conocer que no está inhabilitado, lo cual supone una garantía para el paciente”.
De acuerdo con Jaime Sánchez, secretario general del Consejo General de Dentistas, “hay que poner en valor el compromiso y trabajo realizado por los cuatro Consejos Generales que hemos participado e implementado este sistema de receta electrónica privada, cuya necesidad era aún mayor debido al momento tan complicado por el que atraviesa el país con motivo de la pandemia ocasionada por la COVID-19 y el confinamiento de la población, con la consiguiente dificultad que ha ocasionado para la asistencia a las consultas. Como profesionales sanitarios que somos, los dentistas debemos estar al día en la utilización de las nuevas tecnologías y ser garantes ante los ciudadanos de que la actividad asistencial se realice con la mayor calidad y seguridad. En nuestro caso particular, la receta electrónica privada contribuirá, sin la menor duda, a evitar el intrusismo profesional que tanto afecta a nuestra profesión, ya que será posible identificar al profesional prescriptor y su habilitación. Estamos convencidos de que este tipo de actuaciones conjuntas entre Corporaciones Colegiales aportan un valor añadido en los fines y funciones que llevan a cabo”.
Según Rafael Navarro, secretario general del Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos “es esencial colaborar en esta iniciativa junto a médicos, dentistas y farmacéuticos, ya que los pacientes tienen que conocer que los profesionales de la Podología pueden prescribir fármacos, así como diagnosticar, tratar e incluso operar, sin que el paciente nos sea derivado por ningún otro profesional sanitario”. "También en el ámbito de las aseguradoras privadas y de los hospitales privados que acogen diferentes especialidades, aunque parezca mentira, se desconocen todas las competencias que tenemos los profesionales de la Podología y, a menudo, no incluyen esta especialidad o, si lo hacen, es con tratamientos muy básicos, como la quiropodia", asegura Rafael Navarro.
En palabras de Raquel Martínez, secretaria general del Consejo General de Colegios Farmacéuticos, se están dando pasos muy importantes en la implantación de la receta electrónica privada en España, que sitúan a nuestro país a la vanguardia tecnológica en el entorno sanitario. “Hemos de ir paso a paso, comprobando su correcto funcionamiento y consolidando los avances. Pero hemos de estar orgullosos, una vez más, de la capacidad tecnológica de la Profesión Farmacéutica para plantear soluciones y dar respuestas eficientes a las necesidades de los pacientes”, afirma Raquel Martínez.
Una capacidad tecnológica reconocida a nivel europeo en donde destaca la Plataforma de la Organización Farmacéutica Colegial – Nodofarma. Una potente, robusta y compleja estructura tecnológica gracias a la cual se posibilita que cualquier farmacia de España pueda participar en este sistema de Receta Electrónica, garantizando así tanto la accesibilidad como la interoperabilidad del modelo de eReceta Privada. “La interoperabilidad es fundamental y un requisito exigido por la legislación y así lo planteamos desde el inicio: que todas las farmacias españolas puedan atender cualquier prescripción electrónica privada realizada por los facultativos habilitados para ello y que el paciente pueda acceder a su medicación en la farmacia que quiera”, subraya la secretaria general del Consejo General de Colegios Farmacéuticos.
Resumen Sistema e-Receta CONTINGENCIA COVID-19
Madrid, 1 de abril de 2020
A raíz de la situación derivada del COVID-19 y de las medidas adoptadas por las autoridades competentes en el actual Estado de Alarma, se han reducido muy significativamente los desplazamientos de los pacientes a las consultas físicas en los centros sanitarios (clínicas, hospitales), sobre todo de personas de especial riesgo ante el COVID-19. En estas circunstancias, y dado que los pacientes que reciben asistencia médica en el ámbito privado siguen requiriendo el acceso a sus tratamientos, una parte importante de facultativos está acudiendo a la telemedicina, sin la presencia física del paciente. En estos casos, y para poder prescribir a distancia, es necesario disponer de sistemas de receta electrónica con garantías para los pacientes.
Es por ello, que los Consejos Generales de Dentistas, Farmacéuticos, Médicos y Podólogos, de acuerdo con las competencias atribuidas por el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, han habilitado una versión simplificada del Sistema de Receta Electrónica privada, que contiene las funcionalidades básicas de la misma — dispensación, sustitución, anulación —, al que se ha denominado “e-Receta Privada Situación COVID-19”.
De esta manera, aquellas empresas que lo deseen (NO LOS CONSEJOS GENERALES NI LOS COLEGIOS), puedan desarrollar una Plataforma de prescripción, para que los profesionales interesados en adquirirla puedan emitir recetas privadas electrónicas durante el periodo de contingencia por la crisis del COVID-19.
Previamente a que estas empresas puedan ofertar esta aplicación a los profesionales prescriptores, deberán contar con la homologación de la misma, lo que implica que tienen que cumplir con los requisitos técnicos establecidos y acordados por los Consejos Generales citados anteriormente, que son precisos para preservar las garantías de confidencialidad de los pacientes, así como el cumplimiento de la normativa sanitaria de aplicación en este tema.
Para que esto se lleve a efecto, se deberán seguir los siguientes pasos:
Finalizados estos procesos óptimamente, se les concederá a las empresas la homologación temporal para este periodo de contingencia por el Consejo de Médicos (Sistema de e-Receta Contingencia COVID-19), con el fin de que puedan comenzar a ofrecer la aplicación a los colegiados interesados en adquirirla y que prescriban recetas electrónicas con ella.
NOTA: según se nos vaya informando por parte del Consejo de Médicos de aquellas empresas que han obtenido la homologación de sus plataformas de prescripción, lo pondremos en vuestro conocimiento y se incluirá en la página web, en el apartado de receta médica privada. Estas empresas serán las únicas que, durante el periodo de contingencia, podrán ofrecer a los colegiados el servicio de receta electrónica privada.
MUY IMPORTANTE: En todos los casos, los profesionales prescriptores deberán figurar correctamente registrados en las bases de datos de los Consejos Generales (en nuestro caso, Guiadentistas), ya que la validación del prescriptor se realizará con estas bases de datos, y será siempre el paso previo para que se le permita al profesional poder prescribir en la plataforma que haya adquirido.
Prescripción:
Dispensación:
NOTA FINAL: este Sistema de e-receta privada no modifica ni elimina el sistema de Receta privada en papel, que continuará funcionando con la misma sistemática que hasta el momento.
Madrid, 26 de marzo de 2020
Los Consejos Generales de Colegios Oficiales de Médicos, Dentistas, Podólogos y Farmacéuticos, de acuerdo con las competencias atribuidas por el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, han trabajado conjuntamente para habilitar una versión simplificada del Sistema de Receta Electrónica Privada para operar, de manera temporal como solución de contingencia como consecuencia de la situación de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19. Esta solución facilita el acceso a los tratamientos prescritos con las garantías sanitarias para los pacientes.
Como consecuencia de la situación derivada del COVID-19, y las medidas adoptadas por las autoridades competentes en el actual Estado de Alarma, se han reducido muy significativamente los desplazamientos de los pacientes a las consultas físicas en los centros sanitarios (clínicas, hospitales), sobre todo de personas de especial riesgo ante el COVID-19. En estas circunstancias, y dado que los pacientes que reciben asistencia médica en el ámbito privado siguen requiriendo el acceso a sus tratamientos, una parte importante de facultativos está acudiendo a la tele medicina, sin la presencia física del paciente. En estos casos, y para poder prescribir a distancia, es necesario disponer de sistemas de receta electrónica con garantías para los pacientes.
A tal efecto, los Consejos Generales antes citados han puesto a disposición una versión simplificada del Sistema de Receta Electrónica que contiene las funcionalidades básicas de la misma (dispensación, sustitución, anulación), incluyendo la comprobación de la habilitación de los facultativos, que se ha denominado “e-Receta Contingencia COVID-19”.
Cualquier entidad o empresa interesada en prestar servicios de plataforma de prescripción de recetas médicas electrónicas privadas podrá seguir los siguientes pasos:
Puede consultar el documento de “TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PLATAFORMA DE PRESCRIPCIÓN HOMOLOGADA TEMPORALMENTE EN EL SISTEMA DE RECETA ELECTRÓNICA PRIVADA EN CONTINGENCIA POR EL COVD-19” en el siguiente enlace:
El elemento fundamental del procedimiento de homologación temporal que se ha establecido es el de la interoperabilidad, que requiere de la adopción de determinados estándares técnicos por las entidades interesadas en la homologación temporal de su plataforma de prescripción en el sistema para posibilitar el intercambio de información entre ellos.
La definición de los mecanismos y especificaciones técnicas mínimas que permitirán garantizar la plena interoperabilidad para que las prescripciones electrónicas realizadas en el sistema puedan ser dispensadas en cualquier farmacia puede consultarse en el documento al que puede acceder a través del siguiente enlace:
El flujo para obtener la homologación temporal de su sistema que cualquier entidad interesada en prestar servicios de plataforma de prescripción de recetas médicas electrónicas privadas debe seguir, puede consultarse a través del siguiente enlace:
Pueden descargar la documentación relacionada a continuación:
Comunicado Oficial
Madrid, 4 de noviembre de 2019
En relación con el establecimiento del sistema de receta médica privada electrónica, los Consejos Generales de Colegios Oficiales de Médicos, Dentistas, Podólogos y Farmacéuticos informamos de que estamos trabajando en consensuar unos estándares mínimos de interoperabilidad, para que un medicamento prescrito electrónicamente en el ámbito de la Sanidad privada pueda ser objeto de dispensación en cualquier oficina de farmacia del territorio nacional, en los términos establecidos en el artículo 14.4 del Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, con plena garantía de seguridad en el acceso y transmisión de la información y protección de la confidencialidad de los datos personales, así como del cumplimiento de los requisitos obligatorios para las recetas médicas establecidos en la normativa sanitaria vigente.
Como se desprende de dicho artículo, uno de los elementos fundamentales del procedimiento de homologación es el de la interoperabilidad, que requiere de la adopción de determinados estándares técnicos por los agentes involucrados en el sistema para posibilitar el intercambio de información entre ellos. Los trabajos de colaboración entre las organizaciones colegiales competentes se encaminan a ofrecer una definición de los mecanismos técnicos mínimos que permitirán garantizar la plena interoperabilidad con carácter nacional.
Para establecer el marco jurídico de colaboración que defina el trabajo conjunto y permita la adopción consensuada de las decisiones y el ejercicio de las responsabilidades de las organizaciones colegiales en relación con el sistema de receta electrónica privada, de acuerdo con lo previsto en el referido artículo 14.4 del RD 1718/2010, se está ultimando la tramitación de un convenio de colaboración al efecto para su suscripción por los Consejos Generales.
En todo caso, en aras de la transparencia que siempre caracteriza la actuación de los Consejos Generales, ponemos a disposición de los interesados el documento en el que se recogen las especificaciones técnicas y de interoperabilidad de los sistemas de prescripción y los repositorios donde se alojen, para que las prescripciones electrónicas realizadas en el sistema puedan ser dispensadas en cualquier farmacia.
Este documento puede sufrir cambios antes de su adopción definitiva, pero entendemos que está lo suficientemente avanzado para su publicación y conocimiento de los avances realizados para todos los interesados.
La versión definitiva de estas especificaciones técnicas se publicará para su disposición por cualquier interesado, dando cuenta de tal carácter, una vez concluya la tramitación del referido Convenio de Colaboración.
Pueden encontrar la información actualmente disponible en las siguientes páginas:
https://www.cgcom.es/receta_medica_privada
https://consejodentistas.es/el-consejo/receta-medica-privada
https://recetaprivada.cgcop.es
https://www.portalfarma.com/Profesionales/medicamentos/e-receta-privada
Pueden descargar la documentación disponible a continuación: